Comprar, vender o alquilar un inmueble es una decisión económica importante. Te acompañamos en compraventas, arrendamientos y todo lo relacionado con la propiedad horizontal y las comunidades de vecinos: elaboramos, revisamos y negociamos los contratos, resolvemos conflictos sobre la propiedad y te defendemos frente a reclamaciones por ocupación, desalojos o impagos, dentro o fuera de los tribunales.
También te orientamos en inversiones inmobiliarias, compraventas de locales comerciales y derechos reales (servidumbres, usufructos…), y en la parte fiscal de cada operación, para que firmes con seguridad jurídica.
Qué hacemos en derecho inmobiliario
- Compraventa. Revisamos la nota simple, las cargas y las servidumbres, redactamos o revisamos el contrato de arras y la escritura, y te explicamos los gastos e impuestos antes de firmar.
- Alquiler. Contratos de vivienda y de local, fianzas, actualizaciones de renta, prórrogas y final del contrato, tanto si eres propietario como inquilino.
- Comunidades de propietarios. Juntas y convocatorias, impugnación de acuerdos, reclamación de cuotas y conflictos entre vecinos.
- Impagos, ocupación y desahucios. Reclamación de rentas, recuperación de la vivienda y defensa en el procedimiento judicial.
- Inversión y fiscalidad inmobiliaria. IVA o transmisiones patrimoniales, plusvalía municipal, ganancias patrimoniales e impuestos de no residentes, con el apoyo de nuestra área de fiscalidad y asesoría empresarial.
Situaciones habituales
- Vas a firmar un contrato de arras y no tienes claro qué pasa si el banco no te concede la hipoteca.
- Has heredado un piso con tus hermanos y queréis venderlo o repartirlo. Si la herencia aún no está tramitada, nuestra guía Herencia: primeros pasos y plazos te ayuda a situarte.
- Tu inquilino ha dejado de pagar o no se va al terminar el contrato.
- Eres inquilino y no te devuelven la fianza.
- La junta ha aprobado un acuerdo que te perjudica, o se convocó de forma irregular.
- Vendes un inmueble en España y no resides aquí, o compras a alguien que no reside.
Cómo trabajamos tu caso
- Primera orientación gratuita. Diez minutos por teléfono para entender qué necesitas y decirte si tiene recorrido.
- Consulta. Revisamos contratos, nota simple y comunicaciones, y te explicamos tus opciones.
- Propuesta con presupuesto transparente, antes de empezar y sin compromiso de continuar.
- Gestión. Negociamos, redactamos y, si hace falta, te representamos ante el juzgado.
Plazos que conviene conocer
- Impuestos de la compraventa. Con carácter general, si compras una vivienda usada en la Comunidad de Madrid, tienes 30 días hábiles desde la firma para presentar el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales. La plusvalía municipal, que en una venta suele pagar quien vende, tiene el mismo plazo (seis meses, prorrogables hasta un año, en las herencias).
- Vicios ocultos. Con carácter general, en una compraventa regida por el Código Civil (por ejemplo, entre particulares), la acción por vicios ocultos se extingue a los seis meses de la entrega.
- Alquiler de vivienda. Si el contrato se pacta por menos de cinco años (siete si el arrendador es una persona jurídica), con carácter general el inquilino puede prorrogarlo año a año hasta alcanzar ese mínimo.
- Fianza. Una mensualidad de renta en vivienda y dos en local u otros usos. Si no se devuelve en un mes desde la entrega de llaves, genera el interés legal.
- Acuerdos de la comunidad. Con carácter general, se pueden impugnar en tres meses, o en un año si son contrarios a la ley o a los estatutos; para hacerlo, hay que estar al corriente de pago o consignar la deuda.
- Comprar a un no residente. Con carácter general, el comprador debe retener el 3 % del precio e ingresarlo en Hacienda.
Qué traer a la primera consulta
- La nota simple del inmueble (si no la tienes, podemos pedirla).
- El contrato de arras, el borrador de escritura o tu escritura de compra.
- El contrato de alquiler, los recibos y el justificante de la fianza.
- Burofaxes, correos o mensajes con la otra parte.
- En asuntos de comunidad: estatutos, convocatoria y acta de la junta.
Honorarios
La consulta completa por teléfono o videollamada (45 minutos) cuesta desde 50 € + IVA (100 € + IVA los sábados), y la presencial en el despacho de Calle Núñez de Balboa 120 (60 minutos, solo con cita previa), desde 65 € + IVA. Si después nos encargas el asunto, el importe de la consulta se descuenta.
Si quieres tener una abogada a mano todo el año, hay planes mensuales para particulares desde 85 €/mes + IVA. Para empezar, reserva tu cita de derecho inmobiliario. En el blog de inmobiliario explicamos, por ejemplo, el contrato de arras.
Preguntas frecuentes
¿Qué pasa si me echo atrás después de firmar las arras?
Depende del tipo de arras. Si son penitenciales, el comprador que desiste pierde la señal y el vendedor que desiste la devuelve duplicada. Si son confirmatorias o penales, no permiten desistir sin más: la otra parte puede exigir que se cumpla el contrato o, según lo pactado, resolverlo y reclamar la penalización o una indemnización. Por eso conviene revisar la redacción antes de firmar.
Mi inquilino no paga, ¿qué puedo hacer?
Primero, reclamar de forma fehaciente e intentar un acuerdo, algo que, con carácter general, es obligatorio antes de demandar. Si no funciona, se presenta la demanda de desahucio y de reclamación de rentas, que debe indicar, entre otras cosas, si la vivienda es la habitual de quien la ocupa y si eres gran tenedor.
¿Revisáis un contrato que ya ha preparado la inmobiliaria?
Sí, es de lo más habitual: te explicamos cada cláusula del contrato de arras o de alquiler y proponemos cambios antes de que firmes.